Requisitos para verificar

VERIFICACIÓN NORMAL

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¿Cuándo deben verificar?

De acuerdo al calendario de verificación vehicular y al ultimo dígito de las placas.

DOCUMENTOS:
- Certificado Original de la Verificación anterior.
- Tarjeta de circulación.
- Identificación oficial.
- No tener ADEUDO de Tenencia (2005 y posteriores).
- No tener ADEUDO de Infracciones de Tránsito de la Ciudad de México (2009 y posteriores).
- No tener ADEUDO de sanciones aplicadas por el incumplimiento al Reglamento de la Ley Ambiental de Protección a la Tierra del Distrito Federal en materia de Verificación Vehicular.
- No tener ADEUDO de Fotocivicas.

OBSERVACIONES:
Preferentemente con previa cita otorgada via telefonica por el Centro de Verificación vehicular o por internet mediante el "Sistema Verificitas CDMX" en la siguiente dirección citasverificentros.cdmx.gob.mx


VEHÍCULOS NUEVOS MATRICULADOS EN LA CDMX JavaScript tools
¿Cuándo deben verificar?

Deberán ser verificados dentrovde los 180 días naturales, contados a partir de la fecha de expedición de la tarjeta de circulación. Si la unidad se encuentra dentro del listado publicado en la página de la Secretaría del Medio Ambiente y cumple con los requisitos podra obtener el “Holograma “00”.

DOCUMENTOS:
- Tarjeta de circulación.
- Identificación oficial.
- Si la unidad cumple con los requisitos para obtener holograma 00, debera presentar copia de la factura, carta factura o contrato de arrendamiento en donde se informe la fecha de adquisición del automotor.
- No tener ADEUDO de Tenencia (2005 y posteriores).
- No tener ADEUDO de Infracciones de Tránsito de la Ciudad de México (2009 y posteriores).
- No tener ADEUDO de sanciones aplicadas por el incumplimiento al Reglamento de la Ley Ambiental de Protección a la Tierra del Distrito Federal en materia de Verificación Vehicular.
- No tener ADEUDO de Fotocivicas.
- Previa cita.

OBSERVACIONES:
* Listado de vehículos candidatos al Holograma 00
* La vigencia se calculará a partir de la fecha de emisión de la factura o carta factura, y/o contrato de arrendamiento de vehículos nuevos.
* Deberán verificar dentro de los primeros 180 días contados a partir de la fecha de expedición de la tarjeta de circulación, podrán exentar las limitaciones a la circulación dentro de los primeros 30 días naturales contados a partir de la fecha de expedición de la tarjeta de circulación, pasados los 30 días deberán limitar su circulación como si contaran con un certificado y holograma del tipo “2”, un día entre semana de acuerdo a la terminación de la placa de circulación y todos los sábados del mes, con excepción de los días que se comunique contingencia ambiental atmosférica por ozono en la zona metropolitana del valle de México (ZMVM).
* Al termino de la vigencia de este holograma, se podra otorgar por única ocasión un nuevo holograma por dos años, siempre y cuendo se encuentre dentro del listado publicado. La vigencia de este holograma 00 se calculará a partir de la fecha de terminación de la vigencia del certificado de Verificacion Vehicular obtenido en el periodo inmediato anterior.

VEHÍCULOS CON MULTA JavaScript tools
¿Cuándo deben verificar?

Cuentan con un plazo no mayor a 30 días naturales contados a partir del dia siguiente a la realización del pago. Llevar su auto a verificar hasta que el pago de la multa haya ingresado al sistema de cobro de la Secretaria de Administración y Finanzas.

DOCUMENTOS:
- Tarjeta de circulación.
- Multa (original).
- Identificación oficial.
- No tener ADEUDO de Tenencia (2005 y posteriores).
- No tener ADEUDO de Infracciones de Tránsito de la Ciudad de México (2009 y posteriores).
- No tener ADEUDO de sanciones aplicadas por el incumplimiento al Reglamento de la Ley Ambiental de Protección a la Tierra del Distrito Federal en materia de Verificación Vehicular.
- No tener ADEUDO de Fotocivicas.
- Previa cita.

OBSERVACIONES:
La multa tiene un costo de 20 veces la Unidad de Medida y Actualizacion vigente. La constacia de verificación aprobatoria recibida corresponderá al semestre en que se obtenga.

PROGRAMA DE VEHICULOS CONTAMINANTES (PVC) JavaScript tools
¿Cuándo deben verificar?

Dispondrá de 30 días naturales contados a partir de la hora del dia en que se haga el pago de la sanción, para realizar las reparaciones correspondientes y/o verificación del mismo. Respetar las limitaciones de circulacion del Programa Hoy No Circula, asi como las restricciones que, para el caso establezca la Comisión Ambiental de la Megalópolis (CAMe)

DOCUMENTOS:
a) Sancion por emitir humo negro o azul.
- Hoja o boleta de sanción (original y copia para cotejo).
- Verificar el pago de la sanción en la página de la Secretaría de Administración y Finanzas de la Ciudad de México.
- Tarjeta de circulación.
- Identificación oficial.
- Certificado de verificación anterior (solo en caso de estar en período de verificación y ser unidad matriculada en la CDMX).
- En caso de pérdida de la boleta de sanción, deberá exhibir el acta levantada ante la Agencia del Ministerio Público o la Fiscalía o Juez Cívico competente (incluidas las generadas por mecanismos digitales), y presentarla con copia para expediente.
b) Sancion por no portar holograma o certificado de verificación vigente
- Hoja de sanción.
- Pago de la sanción.
- Tarjeta de circulación.
- Identificación oficial.
- Copia del pago de las multa por verificación extemporánea.
- No tener ADEUDO de Tenencia (2005 y posteriores).
- No tener ADEUDO de Infracciones de Tránsito de la Ciudad de México (2009 y posteriores).
- No tener ADEUDO de sanciones aplicadas por el incumplimiento al Reglamento de la Ley Ambiental de Protección a la Tierra del Distrito Federal en materia de Verificación Vehicular.
- No tener ADEUDO de Fotocivicas.

OBSERVACIONES:
* El pago de la o las sanciones impuestas por el Personal Autorizado deberá realizarse mediante el Formato Múltiple de Pago a la Tesorería, utilizando como línea de captura el concepto 51.
* La liberación de la matrícula y/o placa retenida del vehículo sancionado deberá ser en un término máximo de 30 días naturales contados a partir del día siguiente de la imposición de la sanción
* La sanción tiene un costo de 24 a 30 veces la Unidad de Cuenta de la Ciudad de México vigente. Se verificará en la página de la Secretaria de Finanzas de la CDMX que haya cubierto el pago de las sanciones derivadas del incumpliento al Reglamento de la Ley Ambiental de Protección a la Tierra del Distrito Federal, en Materia de Verificacion Vehicular.

VEHÍCULOS TERMINACIÓN HOLOGRAMA "00" (HAYA OCURRIDO O NO UN CAMBIO DE MATRÍCULA) JavaScript tools
¿Cuándo deben verificar?

a) Si la vigencia del '00' culminaen el período de la verificación correspondiente a la terminacion de la placa del vehiculo, deberá verificar en dicho periodo, pudiendo hacerlo desde el primero hasta el último día de su periodo, aún si la vigencia no ha concluido.

b) Si el período de Verificación al que corresponden las placas ha concluido o no ha iniciado, deberá verificar desde el día siguiente de vencimiento de su holograma y hasta el último día de su periodo próximo inmediato de verificación vehicular, de acuerdo con la terminación de su placa y/o matrícula.

DOCUMENTOS:
- Tarjeta de circulación.
- Certificado anterior.
- Identificación oficial.
- Baja y/o pago de baja (en caso de ser cambio de matrícula).
- No tener ADEUDO de Tenencia (2005 y posteriores).
- No tener ADEUDO de Infracciones de Tránsito de la Ciudad de México (2009 y posteriores).
- No tener ADEUDO de sanciones aplicadas por el incumplimiento al Reglamento de la Ley Ambiental de Protección a la Tierra del Distrito Federal en materia de Verificación Vehicular.
- No tener ADEUDO de Fotocivicas.
- Previa cita.

OBSERVACIONES:
En ambos casos se retira el holograma doble cero.
La constancia de verificación corresponderá al semestre en que se realice.

VEHÍCULOS SE REGISTREN POR PRIMERA VEZ EN LA CDMX (USADOS O NUEVOS) JavaScript tools
¿Cuándo deben verificar?

Dentro de los 180 días naturales contados a partir de la fecha de la tarjeta de circulación..

DOCUMENTOS:
- Tarjeta de circulación (deberá indicar en el campo de trámite, el número o código correspondiente al concepto de “Alta” conforme a la modalidad asignada (uso)).
- Identificación oficial.
- solicitud y/o el pago de la baja.
- No tener ADEUDO de Tenencia (2005 y posteriores).
- No tener ADEUDO de Infracciones de Tránsito de la Ciudad de México (2009 y posteriores).
- No tener ADEUDO de sanciones aplicadas por el incumplimiento al Reglamento de la Ley Ambiental de Protección a la Tierra del Distrito Federal en materia de Verificación Vehicular.
- No tener ADEUDO de Fotocivicas.
- Previa cita.

OBSERVACIONES:
La constancia de verificación que obtenga corresponderá al semestre en que se realice. En el caso de vehiculos que cuenten con verificación previa de la CDMX; deberá presentar certificado de verificación anterior.
Mientras no cuenten con alguno de los certificados y hologramas de verificación vehicular emitidos por la Secretaría del Medio Ambiente de la CDMX, limitan su circulación como si contaran con un certificado y holograma del tipo "2", un dia entre semana y todos los sábados del mes, asi como de lunes a viernes de 05:00 a 11:00 horas.

VERIFICACION DE VEHICULOS MATRICULADOS FUERA DE LA CIUDAD DE MEXICO JavaScript tools
¿Cuándo deben verificar?

Podrá realizarse en cualquier momento de la vigencia del presente programa.

DOCUMENTOS:
- Tarjeta de circulación.
- Identificación oficial.
- Documento de ingreso al pais (en caso de unidades matriculadas en el extranjero).
- Previa cita.

OBSERVACIONES:
Se concideran voluntarios Las fuentes móviles o vehículos de otras Entidades Federativas, exceptuando vehículos automotores matriculados en el Estado de México, así como los que cuenten con placas Federales y del Extranjero, con el objeto de exentar algunas o todas las limitaciones a la circulación establecidas en los programas ambientales de la Ciudad de México.

VEHÍCULOS QUE USAN GAS LP O NATURAL COMO COMBUSTIBLE JavaScript tools
¿Cuándo deben verificar?

De acuerdo al último dígito de las placas.

DOCUMENTOS:
- Documentos para un verificación normal.
- Oficio autorización vigente emitido por la Dirección General de Calidad del Aire en donde se acredita el uso de sistemas integrales certificados autorizados por la misma.
- Copia del Dictamen técnico vigente otorgado por alguna Unidad de Verificación acreditada en alcance a la Norma Oficial Mexicana NOM-005-SESH-2010, Equipos de Carburación de Gas L.P. en motores de combustión interna. Instalación y mantenimiento, autorizada por la Secretaría de Energía, y la NOM-011-SECRE-2000, Gas Natural Comprimido para uso automotor. Requisitos mínimos de seguridad en instalaciones vehiculares, autorizada por la Comisión Reguladora de Energía
- No tener ADEUDO de Tenencia (2005 y posteriores).
- No tener ADEUDO de Infracciones de Tránsito de la Ciudad de México (2009 y posteriores).
- No tener ADEUDO de sanciones aplicadas por el incumplimiento al Reglamento de la Ley Ambiental de Protección a la Tierra del Distrito Federal en materia de Verificación Vehicular.
- No tener ADEUDO de Fotocivicas.
- Previa cita.

OBSERVACIONES:
En caso de vehículos que desde agencia fueron vendidos con la posibilidad de utilizar Gas L.P. o Gas Natural y que deseen obtener el Holograma "0", deberán presentar copia de la factura o carta factura en donde se especifique que de fábrica la unidad cuenta con sistemas de uso de Gas Natural o Gas L.P.

VEHÍCULOS QUE PORTEN PLACAS CONFORMADAS EXCLUSIVAMENTE POR LETRAS JavaScript tools
¿Cuándo deben verificar?

En el período que les corresponda a los vehículos con el engomado azul y terminación de placas "9 y 0".

DOCUMENTOS:
- Documentos para un verificación normal.

OBSERVACIONES:
Ninguna.

VEHÍCULOS TAXIS QUE MANTIENEN UNA MISMA PLACA, PERO EXISTE CAMBIO DE UNIDAD (NUEVA O USADA) JavaScript tools
¿Cuándo deben verificar?

Dentro de los 180 días naturales contados a partir de la fecha de la tarjeta de circulación.

DOCUMENTOS:
- Tarjeta de Circulación.
- Certificado anterior
- Identificación oficial.
- Documento Oficial donde acredite la Sustitución de unidad
- No tener ADEUDO de Tenencia (2005 y posteriores).
- No tener ADEUDO de Infracciones de Tránsito de la Ciudad de México (2009 y posteriores).
- No tener ADEUDO de sanciones aplicadas por el incumplimiento al Reglamento de la Ley Ambiental de Protección a la Tierra del Distrito Federal en materia de Verificación Vehicular.
- No tener ADEUDO de Fotocivicas.
- Previa cita.

OBSERVACIONES:
Los vehículos con numero de matrícula ya asignado, que no cuenten son las placas físicas, deberán portar el documento emitido por la dependencia correspondiente, mediante el cual se observe dicha asignación y vigencia del documento, estar colocado en un lugar visible del vehículo y adjuntar copia del mismo al expediente de verificación.

VEHÍCULOS BLINDADOS JavaScript tools
¿Cuándo deben verificar?

De acuerdo al último dígito de las placas.

DOCUMENTOS:
- Documentos para un verificación normal.
- Factura que compruebe el blindaje, solo si el holograma no es adherido al cristal.

OBSERVACIONES:
El holograma de verificación se adherirá a una mica o cristal, misma que se entregará al conductor de la unidad.